Calendario de implementación de Nómina Electrónica

La Dirección de impuestos y aduanas Nacionales – Dian, expide la resolución 000063 del 30 de julio de 2021, modificando el artículo 1, de la resolución 000037 del 05 de mayo de 2021 y el numeral 1 del artículo 6 de la resolución 000013 del 11 de febrero de 2021, ampliando los fechas para iniciar el proceso de habilitación, generación y transmisión de documento soporte de pago de nómina electrónica.

Así, la Dian propone 3 calendarios de implementación

Calendario de implementación para sujetos de acuerdo con el número de empleados

Calendario permanente

Aplica para los nuevos sujetos obligados a generar DSPNE.

Tendrán un plazo de dos (2) meses contados a partir del primer pago o abono en cuenta

te pongo un ejemplo para ser más claros:

Eduardo es comerciante y contrató el  10/01/2022 personal para desarrollar el objeto social de la empresa.

La política de pago a empleados es de forma Mensual, por lo cual el primer pago de nómina se realizó el 30/01/2022, a partir de la fecha de pago Eduardo tendrá un plazo de dos meses (31/03/2022) para transmitir la nómina electrónica a la Dian.

Sujetos No obligados a Expedir Factura Electrónica

Aplica para los contribuyentes responsables del impuesto de renta y complementarios y no son facturadores electrónicos