¿Quiénes están obligados a generar eventos de recepción electrónica?
Están obligados a generar eventos de Recepción Electrónica todos los contribuyentes ya sean personas jurídicas o naturales que adquieran bienes y/o servicios con condición de pago a crédito, que sean o no facturadores electrónicos y requieran deducir impuestos.