¿Quiénes están obligados a presentar el formato 1001?

Deben presentar información exógena los contribuyentes definidos por la DIAN según topes de ingresos, patrimonio o actividades específicas. Esto incluye tanto personas jurídicas como naturales que hayan realizado operaciones con terceros durante la vigencia 2025 y cumplan con las siguientes condiciones:

1. Personas Naturales y Asimiladas (Régimen Ordinario)

Deben cumplir ambos requisitos de ingresos (el de ingresos totales y el de rentas específicas):

  • Ingresos Brutos Totales: Superiores a 11.800 UVT en 2024 o 2025.
    • Año 2024: $555.367.000
    • Año 2025: $592.608.000
  • Y adicionalmente: Que la suma de sus ingresos brutos por rentas de capital o rentas no laborales supere las 2.400 UVT ($112.956.000 en 2024 o $120.530.000 en 2025).

2. Personas bajo el Régimen Simple de Tributación (RST)

A diferencia del régimen ordinario, aquí se consideran los ingresos totales sin importar su origen:

  • Requisito: Ingresos brutos superiores a 11.800 UVT en 2024 o 2025.
    • Año 2024: $555.367.000
    • Año 2025: $592.608.000

3. Personas Jurídicas y otras Entidades

Las empresas y entidades obligadas a presentar declaración de renta o de ingresos y patrimonio:

  • Requisito: Ingresos brutos superiores a 2.400 UVT en 2024 o 2025.
    • Año 2024: $112.956.000
    • Año 2025: $120.530.000

¿Qué tipo de información se reporta en el formato 1001?

El formulario 1001 es uno de los principales formatos utilizados para reportar información exógena a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Es conocido como el “Reporte de Pagos o Abonos en Cuenta” y en él se debe declarar información detallada sobre los pagos realizados a terceros.

Información clave reportada en el Formulario 1001:

  1. Identificación del beneficiario y ubicación: incluye datos como el nombre o razón social, tipo de documento y número de identificación del beneficiario de los pagos o abonos, como también su domicilio fiscal con departamento, ciudad y país.

  2. Valores pagados o abonados: se detallan los montos pagados o abonados a cuentas durante el año fiscal a cada beneficiario. Esto puede incluir pagos por servicios, compras de bienes, comisiones, y similares.

  3. Conceptos de pago: se especifican los diferentes conceptos o categorías por las cuales se realizaron los pagos o abonos, como servicios profesionales, arrendamientos, honorarios, entre otros. Esta clasificación de conceptos está determinada por la DIAN.

  4. Retenciones en la fuente: incluye información de las retenciones realizadas sobre esos pagos, si aplican, junto con los códigos correspondientes de cada tipo de retención.

  5. Información adicional: se consigna cualquier otra información relevante según las instrucciones emitidas por la DIAN para el año fiscal en cuestión.

Este formulario es importante porque facilita a la DIAN obtener un panorama claro de las transacciones realizadas por los contribuyentes, lo que permite un control más efectivo del cumplimiento de las obligaciones fiscales.

¿Cuáles son los montos mínimos para reportar en el formato 1001?

Los montos mínimos para reportar información en el formato 1001 de exógena se rigen por la Resolución 000233 de 2025 (que compila y modifica la Resolución 000162 de 2023), emitida por la DIAN para establecer las cuantías menores en UVT. Para el formulario 1001, los pagos acumulados por beneficiario que sumen menos de 3 UVT se consideran cuantías menores. Para la información exógena del periodo fiscal 2025, que se presenta en 2026, la cuantía menor es de $149.000, calculada con el valor de la UVT vigente en el año gravable a reportar.

¿Qué sucede si no presento el formato 1001 a tiempo?

No presentar el formulario 1001 de información exógena puede acarrear varias consecuencias legales y sanciones económicas establecidas por la DIAN. Algunas de las principales repercusiones incluyen:

  1. Sanciones monetarias: la DIAN impone multas por el incumplimiento en la presentación de la información exógena. Estas sanciones pueden basarse en un porcentaje del valor de las transacciones no reportadas, lo que puede representar sumas significativas.

  2. Requerimientos de información: la DIAN puede realizar requerimientos de información adicionales, solicitando a los contribuyentes que proporcionen los datos faltantes dentro de un plazo específico. No cumplir con estos requerimientos también puede resultar en sanciones adicionales.

  3. Auditorías y revisión más Intensa: no presentar la información puede aumentar la probabilidad de que el contribuyente sea sujeto a auditorías más rigurosas o revisiones fiscales exhaustivas por parte de la DIAN.

  4. Pérdida de beneficios fiscales: en ciertos casos, el incumplimiento en la presentación de reportes puede conllevar la pérdida de beneficios tributarios u otras facilidades que suelen otorgarse a contribuyentes cumplidos.

¿Es posible corregir un formato 1001 ya presentado?

Sí, las correcciones de la información exógena pueden realizarse por el contribuyente de forma voluntaria o por requerimiento de la DIAN, pero estas correcciones pueden implicar sanciones dependiendo del tipo de corrección y el tiempo transcurrido desde la presentación original.

Cuando se detectan errores y se decide corregir, es necesario pagar una sanción, que se calcula sobre la base de la diferencia entre el valor que se debió reportar y el valor reportado erróneamente. Sin embargo, el contribuyente podría beneficiarse de reducciones en la sanción si cumple con los requisitos establecidos en el artículo 651 del Estatuto Tributario, así como bajo el principio de progresividad señalado en el artículo 640 del mismo estatuto.

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