¿Cómo es el proceso de rechazo de la factura electrónica por parte del adquiriente?

El adquirente que reciba la factura electrónica en formato electrónico de generación deberá verificar las siguientes condiciones:

1. Entrega en el formato XML estándar establecido por la DIAN.

2. Existencia de los requisitos señalados en el artículo 617 del Estatuto Tributario, salvo lo referente a los literales a), h), i), así como la pre – impresión de los requisitos que según esta norma deben cumplir con esta previsión; discriminando el impuesto al consumo, cuando sea del caso. Cuando el adquirente persona natural no tenga NIT deberá verificarse que se haya incluido el tipo y número del documento de identificación.

3. Existencia de la firma digital o electrónica y validez de la misma.

4. O cuando incumpla algunos de los requisitos propios de la operación comercial.

El adquirente que reciba factura electrónica en formato electrónico de generación deberá informar al obligado a facturar electrónicamente el correspondiente rechazo. En este caso podrá utilizar sus propios medios tecnológicos o los que disponga, para este fin, el obligado a facturar. Así mismo, podrá utilizar para este efecto el formato que establezca DIAN como alternativa.

El adquirente que reciba la factura electrónica en representación gráfica deberá verificar las siguientes condiciones:

El adquiriente que reciba la factura electrónica en su representación gráfica o en formato impreso, podrá a través de los servicios ofrecidos por la DIAN consultar las condiciones antes mencionadas para su respectivo rechazo o aceptación. Esto se hace por la opción de consultar factura en los servicios informáticos de la DIAN en el menú de factura electrónica.

El adquirente podrá de ser necesario, manifestar su rechazo, caso en el cual lo hará en documento preparado físico o electrónico, a través de sus propios medios o a través de los que disponga el obligado a facturar electrónicamente, para este efecto.

Una vez el facturador electrónico tenga conocimiento del rechazo de la factura, tiene la obligación de generar la nota crédito correspondiente.

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