¿Cuando debo aplicar el ajuste por inflación impositivo?

En materia impositiva, para aplicar el ajuste por inflación en las declaraciones del Impuesto a las Ganancias para los ejercicios que se inicien a partir del 01/01/2018, se debe verificar que se cumplan los siguientes supuestos:

  • Que el porcentaje de variación del IPC, acumulado en los treinta y seis (36) meses anteriores al cierre del ejercicio que se liquida, supere el ciento por ciento (100%) contados a partir del 01/01/2018.
  • Que en el primer ejercicio que se inicie luego del 01/01/2018, que el IPC supere el cincuenta y cinco por ciento (55%) calculado desde el inicio hasta el cierre del mismo.
  • Que en el segundo ejercicio que se inicie luego del 01/01/2018, que el IPC supere el treinta por ciento (30%) calculado desde el inicio hasta el cierre del mismo.
  • Que en el tercer ejercicio que se inicie luego del 01/01/2018, que el IPC supere el quince por ciento (15%) calculado desde el inicio hasta el cierre del mismo.

Fuente: Artículo 95 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

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