¿Cómo cargar y gestionar el formulario SIRADIG?

Este instructivo detalla la información que debe ingresarse en cada sección del formulario. Como referencia oficial, te sugerimos consultar también el micrositio de ARCA: https://www.afip.gob.ar/572web/ 🌐

Desde la barra de navegación superior, ingresá en Sueldos > SiRADIG > Nuevo.


1. Selección de cabecera

  • Período: Seleccioná el año fiscal correspondiente.
  • Legajo: Elegí al empleado al cual le cargarás el formulario.

2. Gestión dinámica en “Cargas de Familia”

Se considera carga de familia al cónyuge o pareja conviviente y a los hijos, hijas o hijastros menores de 18 años (o incapacitados para el trabajo sin límite de edad).

  • Requisitos para hijos: La persona debe estar a cargo del trabajador, residir en el país y no obtener ingresos anuales superiores al Mínimo No Imponible (MNI).
  • Parentesco: Seleccioná el vínculo legal correspondiente.
  • Período desde/hasta: Indicá los meses del año en que el familiar cumplió los requisitos para su presentación.
  • Porcentaje deducción para hijos: Generalmente es el 100%. Se indica 50% si la deducción es compartida con otro progenitor que también tributa Ganancias.
  • Incapacitado para el trabajo: En caso de que tu hijo sea incapacitado para el trabajo, deberás tildar la opción, para que la deducción se incremente al valor correspondiente.
  • Botón “Agregar familiares del legajo”: Importá automáticamente los familiares que ya se encuentran registrados en el legajo del empleado.
  • Botón “Nuevo familiar”: Añadí un familiar que no esté en el legajo; tené en cuenta que solo se agregará a SiRADIG.
  • Edición y Eliminación: Podés modificar datos directamente en la grilla o eliminar registros utilizando el ícono del cesto de basura a la derecha.

3. Importe de ganancias de otros empleadores

Ingresá las remuneraciones y deducciones de otros empleos o empleos anteriores del trabajador. A continuación, detallamos algunos de los campos más importantes:

  • Botón “Agregar importes”: Añadí una nueva fila para incorporar remuneraciones y deducciones de otros empleos.
  • 🗓️ Período: Mes al que corresponde la liquidación del otro empleo. Recordá que el campo “Período” es obligatorio para identificar la vigencia de los montos informados.
  • 💰 Importe ganancias brutas: Sueldo bruto antes de descuentos. En el papel de trabajo de Xubio, este valor coincide con el campo “Remuneración Bruta Otros Empleos”.
  • 📋 Aportes (Seguridad Social, Obra Social, Sindical): Retenciones del recibo del otro empleador. 
  • ⚠️ Importe retención ganancias sufridas: Informar si el otro empleador ya le retuvo impuesto. Este valor se sumará en la fila “Retención acumulada” del papel de trabajo. 

4. Secciones con carga dinámica de datos

(Deducciones y desgravaciones / Otras retenciones / Ajustes) Implementamos un diseño inteligente donde las tablas reaccionan a tu selección:

  • Uso de Checks: Primero debés tildar el concepto o deducción que deseás declarar. Al hacerlo, se activará automáticamente la tabla de carga específica debajo.
  • Limpieza Visual: Si destildás una opción, la tabla desaparecerá, manteniendo el formulario limpio y organizado.
  • Botón “Agregar período”: Si una deducción (como alquiler o cuota médica) se repite en diferentes meses o comprobantes, usá este botón para habilitar nuevas filas dentro del mismo concepto.

Deducciones y Desgravaciones (Conceptos Principales)

En todas las deducciones que tienen un tope legal, el sistema lo aplica automáticamente sin necesidad de que lo verifiques de forma manual.

    • 🏥 Cuotas Médico-Asistenciales: Cargá los importes que abonaste por medicina prepaga o aportes complementarios a obras sociales, correspondientes a vos y a tus cargas de familia. El importe no podrá superar el 5% de la ganancia neta acumulada.
    • 🛡️ Primas de Seguro (Muerte/Ahorro): Seguros de vida y mixtos. Solo es deducible la parte de “muerte” (excepto en seguros de retiro donde se deduce también el ahorro). Sujeto a tope anual. Se descontará en la liquidación de diciembre.
    • 🤝 Donaciones: Montos destinados a instituciones reconocidas por ARCA (requiere CUIT). Se pueden deducir las donaciones hechas a los fiscos nacionales, provinciales y municipales, a las instituciones religiosas, asociaciones, fundaciones y entidades civiles exentas. Límite: hasta el 5% de la ganancia neta acumulada.
    • 🏠 Intereses Préstamo Hipotecario: Únicamente intereses de créditos para compra o construcción de vivienda única (casa-habitación). Sujeto a tope legal.
    • ⚰️ Gastos de Sepelio: Pueden deducirse cuando ocurran en el país y se originen en el fallecimiento del empleado o de sus cargas de familia. Se descontará en la liquidación de diciembre.
    • 🩺 Gastos Médicos y Paramédicos: Honorarios por servicios de asistencia sanitaria, médica y paramédica del contribuyente y de sus cargas de familia. Consultar todos en el link proporcionado al comienzo del instructivo. Se descontará en la liquidación de diciembre.
    • 👕 Indumentaria y Equipamiento: La deducción aplica si los gastos son obligatorios y los realiza el empleado en lugar del empleador, sin reintegro de fondos.
    • 🔑 Alquiler de Inmuebles: Deducible hasta el 40% del monto pagado, siempre que el empleado no sea titular de ningún inmueble. Es obligatorio contar con la factura del locador.
    • 🏠 Personal Doméstico: Podés deducir lo abonado como retribución y las contribuciones a la seguridad social. El monto anual no podrá exceder la Ganancia No Imponible.

Otras Retenciones, Percepciones y Pagos a Cuenta

Este apartado lo verás reflejado en el concepto de ajuste anual de Ganancias. Dentro del papel de trabajo, estos conceptos se agrupan en la fila “Pagos a cuenta”.

    • 🏦 Impuesto sobre Débitos y Créditos: El porcentaje del “impuesto al cheque” que la normativa permite computar.
    • 🛃 Percepciones Aduaneras: Recargos por operaciones de importación o compras en el exterior.
    • 💳 Percepciones RG 3819/2015 y RG 4815/2020: Incluye percepciones por compra de moneda extranjera (dólar ahorro) y consumos con tarjeta o servicios digitales.

Ajustes

    • 🔄 Ajustes de haberes retroactivos: Se utiliza cuando se perciben en el mes actual sueldos correspondientes a períodos fiscales anteriores y los mismos fueron liquidados por otro empleador distinto a su agente de retención actual.
    • 📈 Reintegro de aportes SGR: Aportes realizados por socios protectores a Sociedades de Garantía Recíproca.


📌 Importante:

  •  Validación de campos: El sistema resaltará en rojo los campos obligatorios que falten completar e inhabilitará el botón “Guardar” hasta que la información esté lista.
  • Topes legales: En todas las deducciones que tienen un tope legal, el sistema lo aplica automáticamente sin necesidad de que lo verifiques de forma manual.
  • Papel de trabajo: Todo lo cargado en SiRADIG se visualizará en el cálculo del Impuesto a las Ganancias dentro del papel de trabajo.
  •  Actualizaciones automáticas: Las deducciones personales y las tablas aplicables se actualizan automáticamente en el sistema. Una vez completada toda la información, se realizará el cálculo correspondiente de Ganancias.
  • Tope anual: Las deducciones con tope anual se aplican en el mes de diciembre o al momento de realizar una liquidación anual.
  • Podés consultar más sobre el módulo de Sueldos en los siguientes links: 

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